En la Semana Santa de 1987, un grupo de militares conducidos por el entonces teniente coronel Aldo Rico se sublevó contra el gobierno constitucional. Los carapintadas, como se los conoció, exigían una amnistía. Al cuarto día, depusieron las armas. Uno de los compromisos del gobierno de Raúl Alfonsín fue enviar al Congreso una ley que garantizara la obediencia debida. El 4 de junio de 1987 la norma fue sancionada (23.521). Estableció que los integrantes del aparato represivo con grados menores a coronel no serían punibles por su accionar durante la dictadura por haber actuado en cumplimiento de órdenes, con excepción de los delitos de robo, violación y la apropiación de niñas y niños. Entre muchos otros, esta norma excluía del juzgamiento al excapitán Alfredo Astiz y a Ernesto Barreiro, cuya detención había sido el detonante puntual del alzamiento militar.
Testimonio de Hugo Cañon
Testimonio de Alicia Oliveira
Testimonio de Julio César Strassera
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