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estrategias

Al finalizar la dictadura, la estrategia del gobierno de Raúl Alfonsín fue llevar a juicio a los integrantes de las juntas militares que habían detentado el poder entre 1976 y 1983. Estos procesos judiciales debían ser realizados por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas (CONSUFA) de acuerdo al Código de Justicia Militar.

Etapa inicial

De forma complementaria, se creó una comisión para investigar los hechos, la CONADEP. El gobierno también impulsó que fueran enjuiciados los dirigentes de las organizaciones armadas, que habían operado en el país desde fines de los años sesenta, que habían sobrevivido al plan sistemático de exterminio. 

En este escenario, las organizaciones de derechos humanos definieron tres objetivos: aportar documentación sobre las violaciones a los derechos humanos, incidir para que los procesos penales contra todos los responsables los realizara la justicia civil y garantizar la participación de las víctimas en el proceso de justicia. 

En el Congreso Nacional se dio el debate sobre el Código de Justicia Militar. La ley 23.049 que lo reformó dispuso que los juicios comenzaran ante tribunales militares pero estableció que los jueces civiles revisarían todas las sentencias y en caso de demoras en las investigaciones en el fuero castrense, asumirían las causas judiciales. Además, limitó el alcance del deber de obediencia como eximente de responsabilidad penal, excluyendo los actos atroces y aberrantes. 

El gobierno había renovado el fuero federal de la Capital Federal. Jueces y fiscales nombrados en democracia llevaron adelante el Juicio a las Juntas. En el punto 30 de su sentencia, el tribunal extendió el juzgamiento a los oficiales superiores y a todos los que habían tenido participación operativa en la represión ilegal. Esto dio lugar a la apertura de juicios en varios puntos del país, organizados en función de los centros clandestinos de detención.

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Etapa de impunidad 

La respuesta militar no se hizo esperar, y algunos mandos medios organizaron levantamientos en cuarteles militares. Como resultado, el gobierno promovió la sanción de la Ley de Punto Final que estableció un límite de sesenta días para citar a los acusados. La acción rápida de los operadores de justicia, que citaron a todos los denunciados en tiempo récord, desarmó la pretensión del gobierno de garantizar un alto grado de impunidad. 

La Ley de Obediencia Debida, que fue respuesta a nuevas presiones militares, clausuró los juicios al establecer que los imputados habían actuado bajo coerción, en virtud de órdenes superiores que no podían desobedecer. Esta presunción no podía ser revisada por los jueces. Algunos actores judiciales rechazaron aplicar la Ley de Obediencia Debida hasta que en junio de 1987 la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que era constitucional. La lucha se dio también en las calles, donde se realizaron manifestaciones multitudinarias reclamando su derogación. Entre 1989 y 1990 los indultos decretados por el presidente Carlos Menem para los comandantes condenados en el Juicio a las Juntas y otros acusados completaron el escenario de impunidad.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) había tenido un rol importante en 1979, en plena dictadura, cuando realizó una visita a la Argentina que documentó las violaciones. Al consolidarse un escenario local de impunidad, comenzó a recibir numerosas peticiones que denunciaban que la vía de la justicia había sido cerrada. En 1992, la CIDH emitió un informe de fondo (28/92) sosteniendo que las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y los indultos a los militares eran contrarios a la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 

En este contexto, las organizaciones de derechos humanos implementaron dos estrategias: insistir en la averiguación de la verdad y la búsqueda de los desaparecidos, e intentar el juzgamiento en tribunales de otros países.

La primera estrategia, iniciada por los organismos de derechos humanos a partir de 1995, dio origen a los Juicios por la Verdad, procesos de justicia que no perseguían el castigo penal sino la investigación de los hechos, la determinación de responsabilidades y la búsqueda de las y los desaparecidos. En el año 2000, el Estado argentino reconoció, en el marco de una solución amistosa ante la CIDH, el derecho de las y los familiares a conocer la verdad de lo sucedido con las personas desaparecidas. Así, se desarrollaron juicios en todo el país y el Estado argentino también se comprometió con la Iniciativa Latinoamericana de Identificación de Personas Desaparecidas. Años más tarde, Naciones Unidas reconoció este derecho como una obligación de los Estados frente a violaciones graves a los derechos humanos. Las y los jueces volvieron a escuchar testimonios sobre torturas, asesinatos y desapariciones, lo que llevó nuevamente a los crímenes de la dictadura a las primeras planas y conmovió a la sociedad.

La segunda estrategia consistió en la persecución penal de los responsables de crímenes cometidos contra víctimas de nacionalidad extranjera o en aplicación del principio de jurisdicción universal, que permite juzgar ciertos crímenes internacionales en cualquier país. Se iniciaron juicios en Suecia, Países Bajos, Alemania, Francia, Italia y España, y se emitieron órdenes de detención internacionales contra militares en Argentina, lo que ejerció una fuerte presión sobre el poder judicial y las autoridades del país.

Los casos de robos de bebés no habían sido incluidos en las leyes de impunidad y fueron juzgados, a medida que sucedía el hallazgo e identificación de niñas y niños impulsado por las Abuelas de Plaza de Mayo. Hacia fines de los años noventa, además de perseguir a los autores directos de las apropiaciones, se reclamó al poder judicial que investigara a los integrantes de las juntas militares por implementar un plan sistemático para sustraer a hijas e hijos de las personas desaparecidas y entregarlos a otras familias, sustituyendo su identidad. Figuras clave como Jorge Rafael Videla y Emilio Massera fueron detenidos y años después, condenados.

Lo acumulado en estos procesos generó un escenario propicio para una nueva etapa de justicia.

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Etapa de reapertura 

En el año 2000, Abuelas de Plaza de Mayo y el CELS iniciaron una causa judicial que tenía como propósito anular las leyes de impunidad. La estrategia consistió en presentar un caso que mostraba una paradoja: el robo de una niña podía ser investigado mientras la desaparición forzada de su madre y su padre quedaba impune. La declaración inicial de inconstitucionalidad de un juez de primera instancia ocurrió en 2001. Como en un efecto cascada, varios tribunales de provincias declararon por su parte la inconstitucionalidad de estas leyes. En 2003, el Congreso de la Nación declaró nulas las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. La confirmación de la inconstitucionalidad por la Corte Suprema de Justicia de la Nación llegó en 2005, en una sentencia conocida como “fallo Simón”. 

A partir de este momento, se reiniciaron los juicios por crímenes de lesa humanidad. Para manejar la inmensa cantidad de hechos, victimarios y pruebas, se organizaron las causas por centros clandestinos y luego las denominadas “megacausas”, capaces de abarcar un mayor volumen de víctimas y acusados, y evitar la sobreexposición. Aun así, el proceso de justicia tuvo dificultades y resistencias de diferente tipo, y dilaciones importantes, especialmente en lo referido a la organización de los juicios orales y a la revisión de las sentencias de los tribunales orales por parte de las instancias superiores. 

Los organismos de derechos humanos comenzaron a presentarse como querellantes institucionales en los juicios por delitos de lesa humanidad, habilitados primero por la jurisprudencia y luego por ley. Su participación representó un impulso importante para los juicios y una mayor capacidad de evaluación del proceso en su conjunto, lo que les permitió formular propuestas específicas a los poderes del Estado para avanzar en el juzgamiento. 

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Entre las estrategias para que el proceso de justicia avanzara, se promovió la creación de programas, áreas e instituciones de apoyo tanto dentro del Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal como en el Poder Ejecutivo, entre otras: la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad del Ministerio Público Fiscal, la Unidad Especializada para Casos de Apropiación de Niños durante el Terrorismo de Estado, la Unidad de Superintendencia para Delitos de Lesa Humanidad de la Corte Suprema, y la Comisión Interpoderes, el Programa Verdad y Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos “Dr. Fernando Ulloa”, el Archivo Nacional de la Memoria, la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Defensa y la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Seguridad, ambas con equipos profesionales de relevamiento de archivos. 

Previamente, sobre fines de los años ochenta e inicios de los noventa se habían creado instituciones como el Banco Nacional de Datos Genéticos y la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad para impulsar la búsqueda de las y los niños apropiados, con la participación activa de organizaciones de la sociedad civil.