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2006 26 de septiembre de 2006

Sentencia de la Corte Interamericana contra Chile por impunidad de crímenes de la dictadura

La larga impunidad de los crímenes de la dictadura fue enfrentada por las víctimas y sus abogados también a través de la litigación ante tribunales internacionales, para denunciar el incumplimiento de las obligaciones estatales en su investigación, sanción y reparación. Así, la condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Almonacid Arellano y otros vs. Chile” inaugura una serie de decisiones en que la Corte establece la infracción por el Estado de los derechos a la protección y garantías judiciales consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tras su ratificación el 21 de agosto de 1990. Luis Almonacid Arellano era profesor de enseñanza básica y militante del Partido Comunista y el 16 de septiembre de 1973 fue detenido por carabineros, quienes le dispararon a la salida de su casa, en presencia de su familia, causándole la muerte. La causa judicial por su homicidio fue sobreseída y archivada por la justicia militar en 1998, aplicando el Decreto Ley de Amnistía. Dado que fue cometido en un contexto de un ataque masivo y sistemático contra sectores de la población civil considerados como opositores al régimen militar, la Corte Interamericana calificó al homicidio de Luis Almonacid Arellano como un crimen de lesa humanidad que no puede ser amnistiado, reiterando la jurisprudencia que había sostenido ya en varias sentencias anteriores, entre las que se destaca la dictada en el caso “Barrios Altos vs. Perú”, de 2001. 

La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos tuvo un impacto significativo en Chile. Aunque el entonces Presidente de la Corte Suprema, Enrique Tapia, afirmó que el fallo no era vinculante, la propia Corte Suprema y también otros tribunales comenzaron a citarlo en sus posteriores sentencias. Y a pesar del sobreseimiento definitivo, la causa penal por el homicidio de Luis Almonacid Arellano fue reabierta y asumida por el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Rancagua Carlos Moreno Vega, invocando la Convención Interamericana de Derechos Humanos y la sentencia de la Corte Interamericana. El proceso concluyó el 29 de julio de 2013 con la condena firme del ex carabinero Raúl Neveu Cortesi. Tanto la sentencia de primera instancia como la de la Corte Suprema aplicaron la atenuante de prescripción gradual, mientras que la Corte de Apelaciones de Rancagua argumentó que esa institución no era procedente respecto de crímenes imprescriptibles, relevando un debate que se mantendrá en los años siguientes y que dará pie a una nueva sentencia de la Corte Interamericana en 2024. 

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Recorte de prensa sobre la presentación del caso por el asesinato del profeso...

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