La Corte Suprema dictó sentencia de término en el Caso Quemados, confirmando las condenas de varios exoficiales del Ejército por el homicidio calificado del fotógrafo Rodrigo Rojas de Negri y el homicidio calificado frustrado de Carmen Gloria Quintana, ocurridos el 2 de julio de 1986, durante una jornada de protesta nacional. La sentencia de primera instancia estableció con diversas pruebas que ambos jóvenes fueron detenidos por una patrulla militar y que, tras ser rociados con combustible, se les prendió fuego, causándoles quemaduras muy extensas y graves. Luego los jóvenes fueron trasladados a más de veinte kilómetros de lugar, hasta un sitio eriazo, donde fueron abandonados en una zanja, en la que recuperaron la conciencia y lograron ser auxiliados. Pocos días después Rodrigo Rojas falleció a causa de las quemaduras.
El fallo de la Corte Suprema mantuvo las condenas a varios agentes -en el caso de los responsables como autores a penas de veinte años de presidio- incluyendo la condena de Pedro Fernández Dittus, quien había sido condenado antes a una pena de 600 días de presidio, en un proceso instruido por la justicia militar y concluido por una sentencia de la Corte Suprema en 1994.
Se trata de la primera sentencia en que la Corte Suprema descarta la alegación de cosa juzgada frente a una sentencia condenatoria anterior, aplicando la doctrina de la cosa juzgada aparente o fraudulenta. La Corte acoge el argumento sostenido en la sentencia de segunda instancia, según la cual la decisión anterior de la Corte Suprema estuvo basada en una investigación que “fue espuria o ilegítima por la forma cómo fue dirigida, esto es, sin una intención real de esclarecer los hechos y las responsabilidades conforme a la verdad histórica” y que “da cuenta (...) de su falta de imparcialidad e independencia”.